El pasado viernes 12 de febrero, el Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto, relativo a auditorías energéticas, promoción de la eficiencia del suministro de energía y acreditación de auditores y proveedores de servicios energéticos que transpone la Directiva Europea de Eficiencia Energética 2012/27/UE.
Este Real Decreto llega con retraso ya que la Directiva Europea obligaba a las grandes empresas de los estados miembros de la Unión Europea a someterse a una auditoría energética antes del 5 de diciembre del 2015, obligación incumplida por España a diferencia de otros países como Francia, Italia o Reino Unido, donde dicha transposición lleva aprobada desde 2014.
De acuerdo a la directiva, las grandes empresas que superen los 250 trabajadores y trabajadoras o, que sin llegar a esta cifra de empleados y empleadas, alcancen los 50 millones de euros en la facturación anual y 43 millones de euros en su balance general, están obligadas a auditar el 85% de sus instalaciones a nivel nacional que formen parte de actividades industriales, comerciales y de servicios, o bien a implantar un sistema de gestión energético basado en la norma ISO 50001. Todo ello en un plazo de 9 meses a contar desde la publicación del Real Decreto el pasado 12 de Febrero.
Además, se establece que para aquellas empresas que ya tuvieran una auditoría energética realizada, sólo serán válidas las que se hayan hecho con posterioridad al 5 de diciembre del 2012, siempre y cuando hayan sido realizadas con arreglo a la Norma UNE EN 16247 de Auditorías Energéticas.
Algo curioso que lleva consigo esta nueva normativa es que mucho antes de la aprobación de este Real Decreto, fue aprobado el régimen sancionador, publicado en los artículos 80 y 81 de la Ley 18/2014. Éste afecta a aquellas empresas que incumplen la norma y establece una serie de sanciones económicas en función del tipo de infracción cometida por la empresa: leve, grave o muy grave.
Para hacer eficiente la nueva normativa, cada comunidad autónoma establecerá y aplicará un sistema de inspección de realización de las auditorías energéticas, aplicando el régimen sancionador a aquellos que incumplan. Además, se establece un registro administrativo de auditorías energéticas en el cual, todas las empresas sujetas al ámbito de aplicación de este Real Decreto, deberán registrar la realización de la misma en el plazo de tres meses desde su ejecución.
Por último, con esta aprobación se regula también la acreditación de proveedores de servicios y auditores energéticos de manera que, aquellas ingenierías o consultoras que quieran asesorar a las grandes empresas en favor de la nueva normativa, deberán cumplir con los requisitos establecidos en el Real Decreto incluyéndose en el listado de proveedores de servicios energéticos.
Marwen Ingenieria, anticipándose la aprobación inminente del Real Decreto, lleva meses asesorando a grandes empresas en materia de eficiencia energética. Como consultora venimos detectando que muchas empresas, además de realizar la auditoría energética, están optando por la implantación de un Sistema de Gestión Energético basado en la Norma ISO 50001, que se integre en los que ya tengan implantados. Una decisión totalmente acertada para aquellas empresas que se planteen realizar una correcta gestión de los recursos energéticos, un coste cada día más importante en grandes organizaciones.
Como conclusión, podemos afirmar que este Real Decreto no sólo supone una buena ocasión para que grandes empresas mejoren tanto en el aspecto energético como económico, sino que es también una forma de reducir el impacto que su actividad genera en el medio ambiente. Debe ser por tanto contemplada como una oportunidad y no como una nueva normativa que amenaza con el cumplimiento de una serie de objetivos.